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lunes, 4 de agosto de 2008

EL CABILDO NO SE PREOCUPA DE REALIZAR CAMPAÑAS DE ADOPCION

En Canarias, no se cumple la legislación de animales de compañía. Desde el 30 de abril de 1991, la Comunidad Autónoma de Canarias cuenta con una Ley de Protección Animal en la cual se especifica claramente (Artículo 4, capítulo 2) que está terminantemente prohibido el maltrato animal o someterlos a cualquier práctica que les pueda producir daños injustificados, el abandono o las instalaciones inadecuadas desde el punto de vista higiénico-sanitario, así como las sanciones económicas por dichas actuaciones. Me comentan mis fuentes de la Administración, expertas en el tema, que sólo uno de cada treinta perros es abandonado por un cazador, el resto proviene de los usuarios domésticos. Dicho esto, resulta paradójico que sólo se ponen multas por abandono a los cazadores, no al resto de la población. Curioso, ¿verdad?

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